Un Juzgado Civil y Comercial de Tucumán dictó sentencia en una causa iniciada por dos personas tucumanas que reclamaban una condena de daños y perjuicios contra Minera Alumbrera por una suma millonaria.
El juez civil de la II Nominación de Tucumán, Eduardo Dip Tártalo, rechazó la demanda en todas sus partes y en términos contundentes.
Los demandantes sostenían ser dueños de una propiedad donde existía un manantial de agua mineral para consumo humano, pero adujeron que el agua estaba contaminada por un derrame del mineraloducto e iniciaron acciones legales contra la empresa por no poder aprovechar el recurso para embotellar agua mineral.
El Juez consideró que, como resultado de las pruebas producidas en el juicio, el agua que llega a la ciudad de Concepción no tiene mercurio -como lo sostenía la demanda-, que el agua del manantial que existe en la propiedad de los demandantes está contaminada con material bacteriano (es decir orgánico, no mineral), y que entre el manantial de los demandantes y el lugar del alegado derrame del contenido del mineraloducto no existe vínculo físico alguno.
De hecho, como resultado de una medida dispuesta por el propio juez -sin que mediara petición de parte- quedó probado que en el suelo del área del depósito de concentrado de cobre “no había elementos por encima de los niveles guía permitidos por la ley 24.585”; “que no existen elementos contaminantes en el suelo”.
Esto se corresponde con los resultados de los análisis que se hacen anualmente desde 1999 en las aguas de los ríos que son cruzados por el mineraloducto. El Juez considera que no queda la relación causal entre la supuesta contaminación –que no fue probada- y la actividad minera.
Luego la sentencia toma un giro inédito cuando el Juez se arrogó la competencia y atribuciones que no le brinda la Constitución al obligar a Minera Alumbrera a realizar tareas ajenas al objeto de estudio. No obstante, Minera Alumbrera realiza una serie de trabajos ambientales que ya forman parte del Plan de Cierre, el cual cuenta también con la una provisión y propuesta de garantía financiera.
Los trabajos de monitoreo ambiental que realiza la empresa desde hace 20 años se encuentran en poder de la autoridad ambiental de Catamarca. Minera Alumbrera nunca ha sido sancionada por violación a la normativa ambiental.
Además de trabajar de acuerdo con la Norma ISO14001 para controlar las operaciones en la mina y en las áreas externas, también basa su Sistema de Gestión de la Calidad de acuerdo con la Norma ISO 9001 para la toma de muestras de agua o suelo en todos los sitios. Por otro lado, desde el inicio de la operación, la provincia de Catamarca cuenta con los Informes de Impacto Ambiental que se presentan a la autoridad cada dos años y deben aprobarse.
Minera Alumbrera está abocada al cuido del ambiente que se sustenta en una política de gestión enfocada en el uso eficiente de los recursos naturales, la mitigación de los impactos producidos por la operación que puedan afectar el entorno, la preservación de la biodiversidad, la disminución de los residuos, la rehabilitación del sueño y la planificación del cierre de la operación.
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