El supremo interrogante de la industria minera desde hace algunos años, es como salir del estancamiento y lograr que la minería metalífera desarrolle al menos parte de su potencial, con los consiguientes beneficios que puede conseguir para el país en su conjunto y las provincias en particular.
El crecimiento de una actividad, a los efectos de superar el estado de potencia y convertirse en acto, requiere estar fundado sobre bases sólidas, a partir de las cuales pueda desplegarse. En el caso de la minería, los tres pilares fundamentales son Política Minera, Seguridad Jurídica y Comunicación. En la Argentina, desde hace años no se está cumpliendo con ninguno, o lo que es peor, en algunos casos se han puesto en práctica de modo deficiente, y los resultados están a la vista.
Los tres pilares o puntos, se encuentran interrelacionados, cada uno depende del otro, en un sistema de retroalimentación. No es posible la existencia de uno sin el otro, y cada uno debe modificar su comportamiento, en función de las respuestas que recibe del otro. No entender este mecanismo, ha sido tal vez el principal error del sector minero, tanto de enfoque como de la tibieza en la puesta en marcha, con la conclusión de que la minería no puede salir de la etapa embrionaria discursiva.Por razones de espacio, me referiré en el presente artículo al primero de ellos.
Política Minera
A diferencia de lo que muchos piensan –e ignoran-, tanto las minorías promineras como antimineras, así como la gran mayoría de la población que es indiferente, la Argentina cuenta con una legislación minera de avanzada, adecuada y completa. Este sistema normativo, incluida la Licencia Social, articula perfectamente el interés del inversor, con la protección y remediación de los impactos ambientales, intentando desarrollo minero con preservación del ambiente y participación de las comunidades.
A modo de ejemplo, podemos citar algunas de las normas que conforman este amplio arco: Constitución Nacional Arts. 17, 41, 43; Código de Minería de la Nación que contempla en su Título XIII, Secc. 2da. Regulaciones de protección y conservación ambiental; Ley N° 24.196 de Inversiones Mineras; Ley N° 25.243 de Tratado sobre Integración y Complementación Minera con Chile; Ley N° 25.675 General de Ambiente; Ley N° 26.639 de Protección de Glaciares; Distintas leyes y otras normas de procedimiento provinciales con incentivos fiscales para el inversor minero.No todos los países en el mundo poseen un sistema normativo que contemple el interés y beneficio de todos los sectores involucrados.
El término “Política”, proviene del latín politicus y este a su vez del griego politiká, una derivación de polis que designa aquello que es público, o politikós, que significa todo lo relativo al ordenamiento de la ciudad o los asuntos del ciudadano. Ello significa que el Estado, a través de sus representantes y con el apoyo de organizaciones intermedias, durante el último lustro del Siglo pasado y el primero del presente, aplicó una política minera adecuada, coherente, moderna, conducente y eficaz. Pensando como aquellos griegos en los asuntos de interés y beneficio para la polis y el ciudadano.
La puesta en marcha de esta política minera, posibilitó el desarrollo de la minería metalífera que se inició en el año 1997 con el primer proyecto de minería a cielo abierto, Bajo La Alumbrera en la Provincia de Catamarca.
En el año 2004 el por entonces Presidente de la Nación Néstor Kirchner presentó el Plan Minero Nacional, donde en su primer punto se declaraba a la minería como “Política de Estado”. En el año 1990 la producción minera argentina totalizaba 350 millones de dólares, las exportaciones argentinas de minerales no superaban los 35 millones y las inversiones del sector ascendían apenas a 10 millones. Dos décadas después, en el 2012 la producción nacional minera superó los 6594 millones de dólares, las exportaciones alcanzaron los 5412 millones de dólares y las inversiones extranjeras ascendieron a 3500 millones de la misma moneda.
Este deslumbrante desarrollo minero metalífero, concluyó por esos años, luego de la apertura de Gualcamayo (2009-San Juan) y Casposo (2010-San Juan), como consecuencia de la propia torpeza del sector minero, que encerrado en su alhajero no supo ni quiso ver más allá de su cercano horizonte, ingresando en un cono de sombras, que se ha transformado en un laberinto del que nadie encuentra salida.
Pese a este marco normativo de excepción, desde hace 10 años, la minería dejó de ser Política de Estado, yes más, pareciera por lo pobrísimos resultados que desde la autoridad de aplicación y los otros sectores involucrados, se ha trabajado –por acción u omisión- en contra del desarrollo minero. Fruto de este fracaso político y comunicacional existen en distintas provincias leyes prohibitivas o con fuertes limitaciones a la actividad minera metalífera.
Un atisbo de resurrección, se observó con las autoridades nacionales que asumieron en diciembre de 2015, con la creación del Ministerio de Energía y Minería, brindándole a la actividad el más alto rango desde el Estado. Fue una caja vacía, una ilusión óptica que terminó en una débil y efímera puesta en escena, pues ese mismo gobierno, dos años después, disolvió ese Ministerio, le quitó a la Minería el rango de Secretaría anterior y la degradó como en una especie de castigo a ser un raviol del organigrama del Ministerio de Producción y Trabajo bajo la denominación de Secretaría de Política Minera, paradójicamente sin atribuciones ni competencia para desarrollar ninguna clase de política minera.
El gobierno nacional que asumió en diciembre de 2019, devolvió al organismo su denominación tradicional de Secretaría de Minería, designando al frente de la misma a un funcionario con experiencia e interés en la minería. Esta recuperación de la identidad natural, sin embargo, no significó ninguna modificación en la importancia dentro de la estructura organizacional del Estado Nacional. La nueva Secretaría tiene la misma composición, responsabilidades y funciones que las establecidas en la reforma del gobierno de Cambiemos de 2018. Carece de autonomía administrativa, presupuestaria y legal, y continúa perdida en el organigrama del Ministerio de Desarrollo Productivo (sucesor en parte del otrora Ministerio de Producción y Trabajo de Cambiemos). De Política de Estado de los años 90, y reafirmada en el 2004, la minería terminó como una más de las innumerables dependencias administrativas del Estado.
En estas condiciones, efectivizar una política minera nacional que tienda al desarrollo y culmine con años de frustraciones, es prácticamente imposible. Y lo que se diga o aún se plasme en planes y proyectos, es difícil que pueda pasar el filtro de lo meramente declarativo. No es una cuestión de nombres, es una cuestión de estructura y peso político del sector en la jerarquía estatal. En la Argentina, esa posición, es casi lapidaria.
Del otro lado de la cordillera, que tantas veces mencionamos como ejemplo de los recursos mineros compartidos, Chile posee un Ministerio de Minería desde el año 1953, y en sus grandes lineamientos, no se ha movido en casi 70 años.Y la política de estado minera se ha fortalecido dotándola de organismos y empresas que vienen contribuyendo al fomento tanto de la pequeña y mediana minería, como a los grandes emprendimientos metalíferos, tales como la ENAMI, COCHILCO y CODELCO. Compartimos la cordillera, compartimos los recursos, pero lo que no compartimos es la forma de encarar el negocio minero, ni la importancia que se le otorga a la industria en la economía de cada país.
Si buscamos países no eminentemente mineros y que podríamos adoptar como modelo, está el caso de Perú, que posee el Ministerio de Energía y Minas, dividido en tres grandes Viceministerios de Electricidad, Hidrocarburos y Minería. Este Viceministerio de Minería, posee solo cuatro Direcciones, lo que demuestra que el peso político de un sector en el Estado no es cuestión de sumar cargos y burocracia, sino de tener funciones y la potestad de tomar las decisiones adecuadas.
Ejemplos existen, y muy cercanos. La decisión de la generación minera 2010-2020 de haber postergado a la industria, se está pagando actualmente y la pagarán mucho más caro las próximas.
Así las cosas, la minería argentina, necesita un cambio cualitativo superlativo. Pero urgente, porque la situación de la minería metalífera no es de parálisis, sino que está en vías de extinción. Debe volver a ser Política de Estado, con un rango ministerial, y esto se puede implementar hoy mismo, mientras usted disfruta de esta lectura. Desde allí se deben generar e impartir con el desarrollo de políticas regionales, uniformizar y profesionalizar la comunicación, fomentar el desarrollo de industrias conexas y asociaciones de pequeños productores de minerales.
Este salto cualitativo, es imposible sin la participación pública privada. No se podrá en el futuro tener minería sin este paradigma, ni en Argentina ni en ningún otro país del planeta.
Se debe tender a la creación de empresarios mineros nacionales (digo bien, empresarios que arriesguen capital, no gerentes de compañías, que es un concepto completamente diferente), incentivando la inversión local con beneficios extraordinarios focalizados más allá de los generales de la Ley de Inversiones Mineras.
La sinergia de lo público con lo privado urge como señal positiva de transformación, buscando un verdadero federalismo minero que incluya la trilogía Nación-Provincias-Privados, fortaleciendo y constituyendo desde el Estado Nacional los organismos adecuados como el COFEMIN y una Empresa Federal Minera, son régimen de Sociedad Anónima con composición accionaria del Estado (Nación y Provincias) y capital privado.
Favio Casarin-
Geólogo y Abogado
Prensa GeoMinera
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